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” El primer deber del empresario es el de garantizar la seguridad de sus trabajadores. Esta premisa tan esencial no es cumplida por la mayoría de las empresas que mantienen en su organigrama laboral a trabajadores en pésimas condiciones laborales y si haberles formado de manera específica en su puesto de trabajo. Por esta razón de originan la mayor parte de los accidentes. Nuestro equipo intenta corregir esta falta de dejadez del empresario presentando incluso denuncia contra el mismo por incumplimiento laboral. Luego solicita la máxima indemnización que sea posible contra la empresa o contra sus aseguradoras, máxime si tras el accidente se producen lesiones que invaliden al trabajador en su trabajo, y todo ello apoyado por equipos médicos colaboradores con nuestro despacho.”
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25 Ago 10 Una empleada logra la incapacidad laboral que le negó la Seguridad Social tras un accidente

Una empleada de la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón (ESMASA), dedicada a barrer las calles del municipio y a la recogida de residuos sólidos, ha conseguido la incapacidad permanente total, tras sufrir un accidente laboral en 2006 que le imposibilita para seguir en su puesto de trabajo. Así lo ha estimado el magistrado titular del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, Francisco Juan Sánchez Delgado. La Seguridad Social retiró la prestación meses después del siniestro por una supuesta mejoría de la mujer.

La empleada solicitó a la empresa que le adaptara el puesto de trabajo, de forma que evitase tareas incompatibles con su estado de salud, o un cambio de puesto que fuera adaptable a sus características, pero la compañía se lo denegó. De hecho, la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictaminó el 28 de julio de 2008 que le retiraba la incapacidad permanente “por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral al haber experimentado mejoría en sus lesiones”, según consta en la sentencia.

El juez entiende en su fallo que la mujer, María Dolores F. R., de 45 años, sufrió una mejoría en los meses previos a la revisión. Sin embargo, sufre lesiones graves que le impiden realizar algunos movimientos, como el giro del antebrazo, el sujetar o agarrar pesos y la pérdida de fuerza en la mano izquierda. “Tampoco puede coger y agarrar objetos con precisión, manejar pesos y, en general, realizar actividades manuales que conlleven realizar esfuerzos físicos con los miembros superiores”, destaca la sentencia.

Por su categoría profesional de peón de limpieza, María Dolores se encargaba del barrido de la zona urbana de Alcorcón, de los bordillos y las aceras, la recogida de papeleras, limpieza de pegatinas en farolas, aseo exterior de las islas ecológicas -lugar donde se concentran contenedores subterráneos- y la recogida de bolsas de basura y su traslado al contenedor correspondiente, según recoge el fallo.

Ante estas secuelas del accidente, el magistrado entiende que María Dolores no puede atender las necesidades diarias de su puesto de barrendera “con la dedicación y constancia que la relación laboral exige”. “Con tal patología, es evidente que la mujer trabajaría en condiciones dolorosas, sin obtener un mínimo de calidad y rendimiento tal y como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo”, mantiene el juez.

La sentencia, que consta de siete páginas, puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El secretario de Salud Laboral de CC OO en Madrid, Carmelo Plaza, lamentó que este tipo de sentencias condenatorias se dilaten durante mucho tiempo, lo que supone alargar el dolor de las víctimas. “Cuando se produce un accidente laboral o la declaración de una enfermedad profesional, todos lo lamentan en el momento que se haya producido, pero muy pronto se olvida y no se ayuda a quien lo sufrió”, añadió Plaza.

El responsable de CC OO recordó que en lo que va de año se han producido en la región más de 300 accidentes laborales graves. “Por desgracia, son muchos en nuestra región”, concluyó.
Fuente: Sur.es

Temboury Abogados, especialistas en Accidentes Laborales.
Tel: 952 221220

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03 Ago 10 La Junta remite a la Fiscalía 75 partes de accidentes laborales en el primer semestre del año

La Junta remite a la Fiscalía 75 partes de accidentes laborales en  el primer semestre del año
Plaza de las Descalzas, 28013 Madrid, España

Los expedientes de siniestros mortales, muy graves y graves trasladados se reducen en un 35 por ciento respecto a 2009

MÁLAGA, 1 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía ha remitido a la Fiscalía de Málaga un total de 75 partes de accidentes laborales de carácter grave, muy grave o mortal en el primer semestre de este año.

Esto supone un descenso del 35 por ciento en estos casos con respecto a los partes enviados en este mismo periodo del año pasado, cuando se remitieron 114 expedientes, según informaron a Europa Press fuentes de Empleo.

Los casos de accidentes mortales que se produjeron en el mes de febrero de este año fueron los dos por caídas de distinto nivel. El primero de ellos ocurrió en el municipio malagueño de Cómpeta, y el segundo tuvo lugar en Jaén, pero se computa en Málaga porque la empresa tiene su sede en esta provincia, precisaron.

Además, los expedientes de accidentes muy graves se refieren a uno por atrapamiento que se produjo en San Roque y a otro por caída que ocurrió en Fuengirola el mes pasado. El resto de accidentes graves se produjeron en diversos puntos de la provincia malagueña y estuvieron motivados, mayoritariamente por caídas, atrapamientos y golpes.

CONVENIO

Estas actuaciones coordinadas entre el Ejecutivo autonómico y la Fiscalía se basan en un convenio de colaboración suscrito en el año 2005, y el primero de estas características que se cerró en España para luchar contra los accidentes que padecen los andaluces en sus puestos de trabajo.

En esa firma, recordaron a Europa Press, se establece el compromiso de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía de comunicar lo antes posible a los fiscales especializados en siniestralidad laboral de las respectivas audiencias provinciales cualquier aspecto o situación que pueda afectar a la salud y seguridad de los trabajadores.

También se compromete el Ejecutivo andaluz a poner en su conocimiento los accidentes mortales, muy graves y graves para que se abran las investigaciones oportunas que determinen si ese siniestro trae detrás una responsabilidad penal por no acatar la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Fuente: que.es

Temboury Abogados, especialistas en Accidentes Laborales.
Tel: 952 221220

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