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” El primer deber del empresario es el de garantizar la seguridad de sus trabajadores. Esta premisa tan esencial no es cumplida por la mayoría de las empresas que mantienen en su organigrama laboral a trabajadores en pésimas condiciones laborales y si haberles formado de manera específica en su puesto de trabajo. Por esta razón de originan la mayor parte de los accidentes. Nuestro equipo intenta corregir esta falta de dejadez del empresario presentando incluso denuncia contra el mismo por incumplimiento laboral. Luego solicita la máxima indemnización que sea posible contra la empresa o contra sus aseguradoras, máxime si tras el accidente se producen lesiones que invaliden al trabajador en su trabajo, y todo ello apoyado por equipos médicos colaboradores con nuestro despacho.”
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18 Feb 10 Las denuncias por caídas en las calles de Granada se disparan con más de quince al mes

Las caídas en la calle son un negocio en fase de explotación. Cada 48 horas hay un ciudadano que a consecuencia de una caída en la calle presenta una reclamación patrimonial en el Ayuntamiento de Granada. El pasado 2009 se «dispararon este tipo de reclamaciones», según confirman desde las oficinas de Participación Ciudadana, hasta las 294, frente a las 132 de 2006 o las 28 de 2001.
Existen dos causas principales. De un lado, la crisis hace que muchos traten de arañar algunos euros a la Administración. Y de otra parte, está la gran cantidad de socavones y desperfectos en aceras y calzadas causadas por las obras del metro.
Apenas prosperan un 10% de los requerimientos presentados en el Consistorio granadino. «La falta de pruebas, la irrelevancia del defecto denunciado o el tratarse de un problema ajeno al Ayuntamiento», son las principales razones para desecharlas. También pueden ser presentadas por la vía judicial, aunque ahí le cuesta dinero al ciudadano. Una de las condenas más cuantiosas de los últimos años fue la emitida en diciembre de 2006 por el TSJA, que obligó a la empresa municipal de aguas Emasagra a indemnizar a una granadina con 3.627 euros.

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09 Jun 09 Condenan al Ayuntamiento a pagar a una mujer que se lesionó al caerse en una calle

El TSJA fija una indemnización de 31.943 euros por el mal estado de la vía · Sufre “incapacidad parcial” en su vida cotidiana.

La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Málaga, ha condenado al Ayuntamiento de la capital a indemnizar a una mujer que sufrió lesiones tras caerse en una calle que se encontraba en mal estado y que, por tanto, no estaba en condiciones para garantizar la seguridad de los peatones. Con esta sentencia se estima parcialmente en recurso presentado por la representación legal de la perjudicada, que ha sido dirigida por el letrado Manuel Temboury, contra la resolución dictada en el 2002 por el Consistorio malagueño, en la que se desestimó la reclamación de responsabilidad patrimonial, solicitando la cantidad de 53.734 euros.

Desde la representación de la mujer señalaron que la cantidad concedida asciende a 31.943 euros. Los hechos sucedieron, según se indica la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, en abril de 2001 sobre las 22:00 cuando la perjudicada iba caminando en dirección a su casa por una calle situada en la zona de Juan Sebastián Elcano. Así, según el escrito que presentó la afectada, ésta apoyó el pie derecho sobre el acerado “en la confianza que se encontraba en perfecto estado”, aunque una de las losetas, “que carecía de fijación”, bailó y produjo la inestabilidad de la mujer “cayendo de bruces sobre una cabina de teléfono que se encontraba en el propio acerado”.

A consecuencia de esto, sufrió lesiones en el tobillo izquierdo. La resolución del alto Tribunal andaluz reconoce sólo como días impeditivos desde que se produjo el accidente hasta agosto del mismo año 2001. Además, se precisa que presenta secuelas como inestabilidad del tobillo y se añade que tiene “incapacidad parcial” para su vida cotidiana. La Corporación municipal alegó falta de acreditación de la relación de causalidad y, aunque reconoció que el lugar donde se produjo la caída presentaba irregularidades, señaló que “no fueron determinantes del resultado”. Tampoco se recabó informe alguno del servicio municipal correspondiente para comprobar el estado del acerado.

No obstante, la Sala determina que existe esa relación entre el defecto de la acera y la caída con el resultado lesivo, lo que argumenta en las declaraciones de los testigos, en concreto de una mujer.

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"Apoyados por un equipo de especialistas médicos, psicólogos y rehabilitadores conseguimos exprimir a las Aseguradoras
elevando las cuantías indemnizatorias al máximo posible,
y todo ello para que el cliente encuentre en cierto modo compensado, los tremendos padecimientos, cambios de vida, trastornos familiares
que se originan después de un accidente"


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