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” El primer deber del empresario es el de garantizar la seguridad de sus trabajadores. Esta premisa tan esencial no es cumplida por la mayoría de las empresas que mantienen en su organigrama laboral a trabajadores en pésimas condiciones laborales y si haberles formado de manera específica en su puesto de trabajo. Por esta razón de originan la mayor parte de los accidentes. Nuestro equipo intenta corregir esta falta de dejadez del empresario presentando incluso denuncia contra el mismo por incumplimiento laboral. Luego solicita la máxima indemnización que sea posible contra la empresa o contra sus aseguradoras, máxime si tras el accidente se producen lesiones que invaliden al trabajador en su trabajo, y todo ello apoyado por equipos médicos colaboradores con nuestro despacho.”
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08 May 09 Cada tres días fallece un trabajador por accidente laboral en Madrid

Cada tres días fallece un trabajador por accidente laboral y, cada día, dos personas sufren accidentes laborales graves en su puesto de trabajo en la Comunidad de Madrid, según ha informado hoy la secretaria de Salud Laboral de UGT Madrid, Marisa Rufino.

Los accidentes de trabajo mortales más comunes en la Comunidad son, según la forma en que se producen, en primer lugar, los infartos, derrames cerebrales y otras patologías no traumáticas; en segundo lugar, los accidentes de tráfico; en tercer lugar el golpe contra un objeto y, por último, quedar atrapado o ser aplastado.

Predominan los accidentes en varones y, por edad, en los menores de 35 años, mientras que los sectores de ocupación con mayor siniestralidad son, la construcción, seguido de los servicios de restauración, personales y de protección y seguridad y los peones de la agricultura, pesca, industria y transporte.

Por otro lado, la mayoría de los accidentados son de nacionalidad española.

El tipo de contrato más frecuente entre los trabajadores que sufren un accidente laboral mortal es el contrato temporal, dato que, según Rufino, “demuestra cómo la precariedad es causa directa de siniestralidad”.

En cuanto a la antigüedad en el puesto, el tramo donde más accidentes se han producido ha sido el de menos de un año en el puesto.

Así, según las estadísticas del sindicato, la víctima del accidente laboral en Madrid suele ser un varón español menor de 35 años, con un contrato de trabajo temporal en el sector de la construcción y con menos de un año de antigüedad en el puesto.

Desde que en 2003 se llevara a cabo una reforma sobre la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, el descenso en el número de accidentes laborales en Madrid ha sido más lento que el de la media española.

En España el índice de incidencia de 2008 se situó en el 49,7 -frente al 71,9 de cinco años atrás-, mientras que el de la Comunidad Madrid pasa de 63,3 a 45,9 en el pasado año.

La evolución total de los accidentes en la Comunidad de Madrid del año 2003 al 2008 ha descendido en 6.715, un -4,58 por ciento, mientras que los accidentes in-itínere (ocurrido al trabajador durante el desplazamiento desde su domicilio hasta su lugar de trabajo y viceversa) se han incrementado un 17 por ciento.

Aún así, Madrid es la tercera comunidad autónoma en la que fallecieron más trabajadores en 2008 (134), por detrás de Cataluña y Andalucía.

Para UGT Madrid, los datos facilitan identificar “a los culpables de la siniestralidad: la temporalidad, la precariedad, la subcontratación, la falta de formación, la falta de experiencia laboral y, en gran medida, la ausencia de prevención de riesgos laborales en la pequeña y muy pequeña empresa”.

Así, Rufino ha explicado que desde UGT, que hoy ha instalado un zeppelín sobre la fachada de su sede en Madrid en recuerdo de las víctimas de accidentes laborales, apuestan por el diálogo social “como punto de partida para encontrar una vía de solución al drama de la siniestralidad laboral española”.

Además, la secretaria ha puesto el acento en la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo como “el gran acuerdo nacional en la materia” y ha insistido en la necesidad de crear una Ley Integral de Siniestralidad Laboral, ya que existe “una buena Ley de Prevención de Riesgos Laborales y una muy completa normativa de desarrollo, pero falla la aplicación fáctica de la misma”.

adn.es

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elevando las cuantías indemnizatorias al máximo posible,
y todo ello para que el cliente encuentre en cierto modo compensado, los tremendos padecimientos, cambios de vida, trastornos familiares
que se originan después de un accidente"


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