La titular del juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba condenó ayer a un promotor de VPO, a los dos responsables de una subcontrata y a un arquitecto técnico autor del plan de seguridad de la obra a un año y seis meses de prisión a cada uno por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia grave por la muerte de un trabajador que quedó sepultado por un talud. La sentencia se dictó in voce en el acto del juicio tras reconocer los acusados los hechos y mostrar su conformidad con las penas. Además, las aseguradoras deberán indemnizar a la viuda e hijos del trabajador fallecido con 240.000 euros
La muerte del trabajador se produjo el 28 de julio del 2003, cuando se encontraba junto a un talud que, con conocimiento y consentimiento de todos los acusados –según el fiscal–, se encontraba sin protección y no había sido entibado. Debido a las vibraciones de una retroexcavadora y la presión de una grúa, el talud se desmoronó y sepultó al trabajador, causándole el impacto de los materiales la muerte casi inmediata.
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