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” El primer deber del empresario es el de garantizar la seguridad de sus trabajadores. Esta premisa tan esencial no es cumplida por la mayoría de las empresas que mantienen en su organigrama laboral a trabajadores en pésimas condiciones laborales y si haberles formado de manera específica en su puesto de trabajo. Por esta razón de originan la mayor parte de los accidentes. Nuestro equipo intenta corregir esta falta de dejadez del empresario presentando incluso denuncia contra el mismo por incumplimiento laboral. Luego solicita la máxima indemnización que sea posible contra la empresa o contra sus aseguradoras, máxime si tras el accidente se producen lesiones que invaliden al trabajador en su trabajo, y todo ello apoyado por equipos médicos colaboradores con nuestro despacho.”
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31 Ago 10 La siniestralidad laboral baja un 6,54% en la provincia durante el segundo trimestre

La provincia de Málaga registró un total de 5.401 accidentes laborales durante los meses de abril, mayo y junio de 2010, lo que supone un 6,54% menos respecto al mismo periodo del pasado año, según CC OO, quien ha especificado que, en concreto, se produjeron 5.329 accidentes leves, 68 graves y cuatro mortales durante el segundo trimestre del año.

No obstante, a pesar del mencionado descenso a nivel general, la secretaria de Salud Laboral de CC OO de Málaga, Rosa María Martín, ha criticado, en un comunicado, el aumento de un 1,31% de los accidentes mortales, habiéndose registrado un total de cuatro de este tipo durante el segundo trimestre del presente año comparado con el mismo periodo del ejercicio anterior. De total de los accidentes mortales, dos fueron no traumáticos y los otros dos se produjeron in itínere -durante la ida o la vuelta al centro de trabajo-.

Con respecto a este último tipo de accidentes, la representante sindical ha manifestado que “las actuaciones preventivas no sólo deben dirigirse hacia la integración de la educación vial en el medio laboral, sino también hacia cuestiones vinculadas a la organización del trabajo“, como por ejemplo horarios más flexibles, comienzo escalonado de la jornada o promoción de fórmulas de trabajo a distancia. Éstas, ha asegurado, “pueden ser medidas que ayudarían a la prevención de la siniestralidad relacionada con el tráfico”.

Por sectores

En relación a la siniestralidad laboral registrada por sectores destaca, con un 30,3%, el sector de la agricultura y pesca, siguiendo; y el sector de la construcción, el cual registró un aumento del 5,99% en los accidentes graves.

Con respecto a los datos acumulados, desde principios de año hasta el pasado mes de junio se han registrado un total de 8.847 accidentes, un 9,65% menos que durante el mismo periodo del año anterior. De esta forma, el índice de incidencia descendió un 7,74%, pasando de 18,38 a 16,96 accidentes por cada mil trabajadores.

La representante sindical ha precisado que la población afiliada a la Seguridad Social en la provincia de Málaga ha descendido un 2,07%, pasando de 515.105 a 528.325 empleados.

Por último, Martín ha destacado la necesidad de “que se depuren todas las responsabilidades, derivadas del incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos para que, de manera ejemplarizante, se pueda visualizar y separar con claridad las empresas cumplidoras con los derechos de los trabajadores y las que no lo hacen, ahorrando costes y poniendo en riesgo la salud y la vida de las personas”.

Fuente: Mundo.es

Temboury Abogados, especialistas en Accidentes Laborales.
Tel: 952 221220

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25 Ago 10 Una empleada logra la incapacidad laboral que le negó la Seguridad Social tras un accidente

Una empleada de la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón (ESMASA), dedicada a barrer las calles del municipio y a la recogida de residuos sólidos, ha conseguido la incapacidad permanente total, tras sufrir un accidente laboral en 2006 que le imposibilita para seguir en su puesto de trabajo. Así lo ha estimado el magistrado titular del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, Francisco Juan Sánchez Delgado. La Seguridad Social retiró la prestación meses después del siniestro por una supuesta mejoría de la mujer.

La empleada solicitó a la empresa que le adaptara el puesto de trabajo, de forma que evitase tareas incompatibles con su estado de salud, o un cambio de puesto que fuera adaptable a sus características, pero la compañía se lo denegó. De hecho, la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social dictaminó el 28 de julio de 2008 que le retiraba la incapacidad permanente “por no presentar reducciones anatómicas o funcionales que disminuyan o anulen su capacidad laboral al haber experimentado mejoría en sus lesiones”, según consta en la sentencia.

El juez entiende en su fallo que la mujer, María Dolores F. R., de 45 años, sufrió una mejoría en los meses previos a la revisión. Sin embargo, sufre lesiones graves que le impiden realizar algunos movimientos, como el giro del antebrazo, el sujetar o agarrar pesos y la pérdida de fuerza en la mano izquierda. “Tampoco puede coger y agarrar objetos con precisión, manejar pesos y, en general, realizar actividades manuales que conlleven realizar esfuerzos físicos con los miembros superiores”, destaca la sentencia.

Por su categoría profesional de peón de limpieza, María Dolores se encargaba del barrido de la zona urbana de Alcorcón, de los bordillos y las aceras, la recogida de papeleras, limpieza de pegatinas en farolas, aseo exterior de las islas ecológicas -lugar donde se concentran contenedores subterráneos- y la recogida de bolsas de basura y su traslado al contenedor correspondiente, según recoge el fallo.

Ante estas secuelas del accidente, el magistrado entiende que María Dolores no puede atender las necesidades diarias de su puesto de barrendera “con la dedicación y constancia que la relación laboral exige”. “Con tal patología, es evidente que la mujer trabajaría en condiciones dolorosas, sin obtener un mínimo de calidad y rendimiento tal y como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo”, mantiene el juez.

La sentencia, que consta de siete páginas, puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El secretario de Salud Laboral de CC OO en Madrid, Carmelo Plaza, lamentó que este tipo de sentencias condenatorias se dilaten durante mucho tiempo, lo que supone alargar el dolor de las víctimas. “Cuando se produce un accidente laboral o la declaración de una enfermedad profesional, todos lo lamentan en el momento que se haya producido, pero muy pronto se olvida y no se ayuda a quien lo sufrió”, añadió Plaza.

El responsable de CC OO recordó que en lo que va de año se han producido en la región más de 300 accidentes laborales graves. “Por desgracia, son muchos en nuestra región”, concluyó.
Fuente: Sur.es

Temboury Abogados, especialistas en Accidentes Laborales.
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